Whitepaper en criptomonedas: requisitos y obligaciones bajo MICA en España

Whitepaper en criptomonedas: requisitos y obligaciones bajo MICA en España


El Reglamento MICA ha traído consigo una transformación clave en el ecosistema cripto europeo: la obligación de publicar un whitepaper —también conocido como libro blanco— en las ofertas públicas de criptomonedas. Esta práctica, que hasta ahora era habitual pero voluntaria, se convierte en exigencia legal bajo ciertas condiciones, especialmente para emisores que operan en España o en el mercado de la Unión Europea.

En este artículo analizamos cuándo es obligatorio el whitepaper, qué debe incluir, cómo se notifica, qué normas rigen la publicidad y qué derechos tienen los consumidores.

¿Qué es un whitepaper y por qué ahora es obligatorio?

Tradicionalmente, el whitepaper ha sido el documento informal que los proyectos cripto utilizaban para explicar su propuesta de valor. Sin embargo, el Reglamento MICA lo convierte en un instrumento obligatorio para los emisores de criptomonedas (salvo excepciones), estableciendo requisitos sobre contenido, forma y publicidad.

En MICA se habla de libro blanco, pero en la práctica jurídica y técnica se trata del whitepaper obligatorio para lanzar una criptomoneda de forma legal.

¿Quién debe publicar un whitepaper en criptomonedas?

Todas las personas jurídicas que realicen una oferta pública de criptomonedas (distintas de stablecoins o emoney tokens), salvo en estos supuestos:

- La oferta es totalmente gratuita, sin contraprestación ni intercambio de datos.
- Los tokens se generan exclusivamente por minería o staking.
- La oferta se dirige a menos de 150 inversores profesionales y no supera 1 millón de euros en un año.

Además, las ofertas públicas de utility tokens solo podrán realizarse dentro de un plazo máximo de 12 meses.

Contenido obligatorio del whitepaper (libro blanco)

El Reglamento MICA exige que todo whitepaper contenga, al menos:

- Datos del emisor y principales responsables del proyecto.
- Descripción clara del proyecto y del tipo de criptomoneda ofrecida.
- Motivos de la oferta pública o de la admisión a cotización.
- Destino previsto de los fondos obtenidos.
- Número de tokens, precio de emisión y condiciones de suscripción.
- Derechos asociados a los criptoactivos y cómo ejercerlos.
- Tecnología subyacente, mantenimiento y estándares aplicados.
- Evaluación de riesgos del emisor, del token, del proyecto y de la oferta.
- Los elementos del Anexo I del Reglamento MICA.

Además:

- Debe usarse un lenguaje claro, no engañoso ni confuso.
- Incluir un aviso de no aprobación por autoridades competentes.
- Advertir sobre riesgos de pérdida total, iliquidez o no convertibilidad.
- Incorporar un resumen sin tecnicismos y presentarse en formato legible electrónicamente.
- La AEVM podrá dictar modelos y plantillas para estandarizar su formato en la UE.

Notificación del whitepaper a la CNMV

En España, si el proyecto no es una stablecoin ni un token ligado a dinero electrónico, el emisor debe:

- Notificar el whitepaper a la autoridad competente (CNMV).
- Con una antelación mínima de 20 días hábiles respecto a la publicación.
- Indicar los países donde se distribuirán los criptoactivos y la fecha de inicio.
- Acompañar una justificación que excluya su naturaleza como instrumento financiero.

Esta notificación también debe incluir las comunicaciones publicitarias previstas.

Reglas sobre publicidad del whitepaper

La publicidad de ofertas de criptomonedas —ahora regulada por el art. 6 de MICA— debe ajustarse a criterios de veracidad y coherencia con el whitepaper.

La normativa exige:

- Que las comunicaciones sean claramente identificables como publicidad.
- Que sean claras, imparciales y no engañosas.
- Que el contenido coincida con el libro blanco.
- Que se mencione expresamente la existencia del whitepaper y se indique el sitio web del emisor.
- Que el whitepaper esté accesible públicamente mientras los tokens estén en circulación.

¿Qué pasa si se modifica el whitepaper?

Toda modificación posterior al whitepaper debe:

- Estar debidamente motivada y justificada.
- Comunicarse públicamente junto con las razones del cambio.
- Ir acompañada de un nuevo envío a la CNMV, al menos 7 días hábiles antes de la nueva publicación.
- Reflejarse también en las comunicaciones publicitarias si procede.
- Incluir la fecha del cambio y mantenerse accesible mientras dure la oferta o circulación.

Derecho de desistimiento: una garantía clave para el comprador

MICA introduce un derecho relevante para el consumidor: el derecho de desistimiento. El artículo 12 reconoce que el comprador tiene 14 días naturales para cancelar su adquisición de criptomonedas sin motivo ni coste.

Obligaciones del emisor:

- Reembolsar todo lo pagado, incluidos posibles gastos.
- Hacerlo sin demora indebida, y a más tardar 14 días después de la solicitud.
- Utilizar el mismo medio de pago, salvo autorización expresa del cliente.

¿Cuándo no aplica este derecho?

- Si los tokens ya han sido admitidos a negociación en una plataforma.
- O si ha finalizado el plazo de suscripción de la oferta.

Conclusión: de práctica informal a obligación legal

El whitepaper en criptomonedas pasa de ser una herramienta informal de marketing a convertirse en una obligación legal central en MICA. Su objetivo no es solo formalizar las ofertas, sino también garantizar la transparencia, reducir el fraude y proteger al consumidor.

Aunque impone más exigencias a los emisores, también genera confianza, profesionaliza el sector y ofrece un marco predecible para la inversión. En definitiva, es un paso más hacia un mercado cripto europeo más sólido, transparente y atractivo.