Ventajas de crear una holding como tenedora de participaciones sociales

Ventajas de crear una holding como tenedora de participaciones sociales


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Optimización fiscal

Exención del 95% en dividendos y plusvalías según el artículo 21 de la Ley del Impuesto sobre Sociedades (LIS), reduciendo drásticamente la tributación efectiva.

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Diferimiento de tributación personal

El socio no tributa en IRPF hasta que recibe dividendos de la holding, lo que permite un mayor control sobre el momento de la tributación.

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Venta de participaciones sociales

La plusvalía en la venta de filiales puede tributar efectivamente al 1,25%, en lugar del 19–28% aplicable en IRPF por ganancias patrimoniales.

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Planificación patrimonial y sucesoria

Facilita herencias y donaciones, aplicando el régimen de empresa familiar, lo que simplifica la transmisión del patrimonio y puede reducir la carga fiscal sucesoria.

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Protección y aislamiento de riesgos

La holding separa la propiedad de las participaciones del riesgo operativo de las filiales, protegiendo el patrimonio ante contingencias empresariales.

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Flexibilidad en la gestión empresarial

Permite reinvertir beneficios sin pasar por IRPF, consolidar resultados y gestionar de forma más eficiente la tesorería entre filiales.

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Imagen profesional y eficiencia de control

Centraliza la gestión, mejora el control sobre las participadas y proyecta una imagen de mayor solvencia y profesionalización frente a terceros (inversores, bancos, clientes).

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Conclusión

Crear una sociedad holding como tenedora de participaciones sociales aporta ventajas fiscales, patrimoniales y de gestión muy significativas.
Permite reducir la tributación en dividendos y plusvalías, diferir impuestos, maximizar la eficiencia en la venta de filiales, proteger el patrimonio y facilitar la sucesión empresarial.