El interés empresarial por las criptomonedas ha crecido notablemente en los últimos años.
Cada vez más compañías valoran la posibilidad de mantener parte de su tesorería en Bitcoin, Ethereum u otros activos digitales.
Sin embargo, surge una cuestión clave: ¿cómo se deben reflejar estos activos en la contabilidad?
En España, el Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas (ICAC) ha ofrecido directrices claras dentro del marco del Plan General de Contabilidad (PGC).
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1. Reconocimiento inicial
Las criptomonedas adquiridas por una empresa se registran en el balance por su precio de adquisición, que incluye:
- El importe pagado.
- Las comisiones y gastos asociados a la operación.
Ejemplo:
Si una sociedad compra 1 Bitcoin por 30.000 € y paga 100 € de comisión, el valor contable será de 30.100 €.
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2. Clasificación contable
El tratamiento contable depende del uso que haga la empresa de esos activos:
- Inmovilizado intangible: cuando se mantienen como inversión a largo plazo.
- Existencias: cuando se adquieren con el propósito de venderlas de forma habitual (por ejemplo, un exchange o broker).
💡 En ningún caso se consideran dinero de curso legal ni instrumentos financieros tradicionales.
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3. Valoración posterior
La clave está en cómo se actualiza el valor tras la compra:
Inmovilizado intangible
- No se revalorizan al alza aunque el mercado suba.
- Sí se registran deterioros si el valor razonable cae por debajo del coste.
- Si después el precio se recupera, no se revierte el deterioro.
Existencias
- Se valoran al menor entre coste y valor neto realizable.
- Se ajustan si el precio baja, pero no se actualizan al alza hasta la venta.
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4. Venta de criptomonedas
Al vender, la empresa debe:
- Dar de baja el valor contable del activo.
- Registrar la diferencia con el precio de venta como ganancia o pérdida en la cuenta de resultados.
De esta forma, solo en la venta se reconocen los beneficios por revalorización.
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5. Diferencias con la normativa internacional
Mientras que bajo las NIIF/IFRS algunos países permiten contabilizar las criptomonedas a valor razonable con cambios en resultados, en España el criterio es más restrictivo:
- Se reconocen deterioros a la baja.
- Las ganancias solo aparecen cuando se produce una venta efectiva.
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6. Conclusión
En España, las criptomonedas no se actualizan contablemente a valor de mercado de forma periódica:
- Se mantienen al coste de adquisición.
- Se ajustan únicamente en caso de deterioro.
- Los beneficios solo se reconocen cuando se venden.
📘 Este enfoque prudente busca proteger los estados financieros de la volatilidad extrema de los criptoactivos, aunque impide reflejar en balance las revalorizaciones latentes que puedan existir.